PERSONAS

Es frecuente escuchar la afirmación de que el principal activo de una organización está constituido por las personas que la integran.

Evidentemente, nosotros estamos de acuerdo con esta idea, pero matizada en el sentido de que el factor humano será más válido en la medida en que esté adecuadamente entrenado para aquellas funciones, actividades y tareas que tenga que desarrollar. Por ello, la Formación se revela como un instrumento indispensable para alcanzar las misiones y objetivos en los distintos puestos de trabajo. Y más aún considerando el entorno dinámico en el que se insertan las organizaciones actuales, que les obliga a ser más flexibles y adaptativas.

INSTRUMENTO

NEXO pretende planificar, desarrollar y evaluar acciones y políticas formativas, orientándolas hacia el logro de resultados. Partiendo de la premisa de que la Formación, aislada y sin estar integrada con la gestión de las distintas áreas, pierde eficacia. Por ello, la situamos en relación con la estrategia de la organización y con un conjunto de intervenciones dirigidas a la consecución de metas bien definidas.

CLAVES

En NEXO hemos llegado al íntimo convencimiento de que una de las claves del éxito del fin social que perseguimos está en colocar en el centro de nuestra gestión a la FORMACIÓN, no por el mero hecho de que al artículo 12.2 de la Ley 14/1.994, nos obliga a destinar parte de nuestros recursos a la formación de los productores que vayan a ser cedidos a las Empresas Usuarias, sino que nuestro convencimiento llega más lejos. Es decir, no vamos solamente en la dirección de cumplir este requisito como una mera obligación, mas bien como principio básico de nuestro quehacer. Por varias razones: Consecuentemente nuestras ACCIONES FORMATIVAS no van a limitarse en decir que estamos impartiendo FORMACIÓN.

DIRECCIÓN

La FORMACIÓN la estamos dirigiendo en dos sentidos:

A.- Apoyándonos en nuestros propios técnicos y en una colaboración externa en prevención de riesgos laborales, inspirándonos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales del 31/1.995 de 8 de noviembre.


B.- Impartiendo formación específica sobre cada puesto de trabajo.


Todo ello previo a la cesión del trabajador a la Empresa Usuaria.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento de trabajo a seguir para la incorporación de un trabajador en misión a la Empresa Usuaria está basado en las disposiciones específicas mínimas de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores reguladas por la Ley 14/1994, de 1 de junio y en el Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, para garantizar que cualquiera que sea su modalidad de contratación, reciban el mismo nivel de protección que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios. El Procedimiento en materia de formación en prevención de riesgos laborales que se establece por NEXO, para que la protección de la salud y la seguridad de sus trabajadores cedidos se equipare a la de los restantes trabajadores de la empresa usuaria, es el siguiente:

1. Acuerdo de colaboración con la Empresa Usuaria-Cliente.


2. Coordinación de actividades entre la Empresa Usuaria y NEXO.


3. Asistencia del trabajador que va a ser cedido al Curso de Formación en materia de prevención de riesgos laborales, en el cual se le trasladará la información acordada por la Empresa Usuaria.


4. El trabajador cedido se someterá voluntariamente, si no concurren los requisitos de obligatoriedad del Art. 22 de la Ley31/1995, a la vigilancia de su salud por parte del Servicio Médico contratado por NEXO.


5. Después de la expedición del Certificado de formación por nuestros Técnicos y de recibir la calificación de «apto para el trabajo dispuesto» por parte del Servicio Médico el trabajador se incorporará a su trabajo en la Empresa Usuaria.